Comienza el periodo de reclamaciones ( 10 días lectivos)
Trámite de audiencia.
Desde hoy 15 de abril estará disponible un nuevo trámite de alegaciones desde Secretaría Virtual. Los interesados podrán acceder a dicho trámite, y rellenar un formulario donde aportar la documentación que consideren necesaria.
MAYO 2021
Lunes 10 de mayo
Sorteo público para dirimir empates.
Martes 11 de mayo
Publicación de la Resolución del procedimiento de admisión.
Viernes 21 de mayo
Publicación de la reubicación de alumnado no admitido
Lunes 24 de mayo
Comienza el periodo de recurso de alzada y reclamaciones.
* El tutorial es de otro año, por lo que los plazos que aparecen no son los de este curso. Si tienen alguna incidencia en la Secretaría Virtual, pueden llamar para comunicarla al Tl gratuito: 900848000 ( opción 2) NO PONER FOTO DEL ALUMNADO, para evitar una posible incidencia.
El código de nuestro Centro es 41012316 Importante rellenar todos los apartados y si va a cursar Religión o Valores Sociales y Cívicos. Se ha habilitado el Identificador Andaluz Educativo (iANDE), una clave que les permitirá autenticarse en la Secretaría Virtual de forma ágil y rápida. Las claves iANDE se han difundido a las familias a través de la app iPasen, en un mensaje anclado en la bandeja de entrada de Comunicaciones.
Si se va a hacer uso de Servicios Complementarios ( Aula Matinal, Comedor y Actividades Extraescolares) se debe rellenar también. Horario de Actividades Extraescolares.
Una vez firmada rellena, se firma a través del teléfono, pudiendo descargar la solicitud. Dicha solicitud llegará al Centro si está firmada.
Criterios y procedimientos de admisión
Acreditación de las situaciones familiares
para Servicios Complementarios
1
Guarda y custodia sea ejercida por solo uno de los representantes
Copia compulsada del libro de familia o el documento judicial acreditativo de esa circunstancia.
2
Actividad laboral o profesional de las personas que ostenten la guarda y custodia
a) Informe de vida laboral expedido por el organismo oficial competente en la materia o certificado de la unidad de personal
de su destino como funcionario.
b) Certificación de la empresa justificativo de la duración de la jornada, así como el
horario de trabajo a efectos de lo establecido en los artículos 11.2.c) y 15.2.c) del Decreto
6/2017, de 16 de enero.
c) En el caso de que desarrollen su actividad laboral por cuenta propia, deberán
presentar una certificación demostrativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y una declaración responsable
de la persona interesada sobre la vigencia de la misma y del horario que requiere la actividad.
En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, se acreditará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
a) Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, para aquellas personas que desarrollen actividades empresariales o profesionales,incluidas las agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras.
b) Copia autenticada de la correspondiente licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento respectivo.
c) Copia sellada de la declaración responsable o comunicación previa correspondiente
presentada ante el Ayuntamiento.
d) Alta en la Seguridad Social y una declaración responsable de la persona interesada
sobre la vigencia de la misma.
3
Cursar estudios conducentes a titulaciones académicas
oficiales de las personas que ostenten la guarda y custodia
Certificado expedido por el centro docente donde figure estar matriculado y el horario lectivo.
4
Situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión
Certificación expedida al efecto por la persona titular de los servicios sociales provinciales donde resida la persona solicitante.
5
En el caso del alumno o alumna en situación de tutela o guarda de la Administración
Certificación expedida por la Consejería
competente en materia de protección de menores
6
En el caso de hijos o hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres
víctimas de la violencia de género.
Certificación de la entidad titular del
centro de acogida.
7
Para acreditar la situación de víctima de terrorismo
Certificación expedida por la Consejería competente en materia de víctimas de terrorismo.
8
Situación de quienes ostenten la guarda y custodia del alumno
o alumna en situación de dependencia
Certificación expedida por la
Consejería competente en materia de dependencia y servicios sociales.
La documentación que acompaña a la solicitud deberá mantener su validez y eficacia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y responder a las circunstanciales reales del alumno o alumna en dicha fecha.
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