jueves, 27 de octubre de 2016

Voto no presencial al Consejo Escolar


     

      Los padres, madres y representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la Mesa Electoral del Centro antes de la realización del escrutinio por correo certificado o entregándolo en Dirección con el siguiente modelo de papeleta:

PAPELETA DE VOTO

     
 La votaciones presenciales se realizarán en el Centro en la sala del AMPA desde las 15:00h hasta las 20:00h del día 8 de noviembre de 2016.


Orden de 7 de octubre de 2010 por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución del los Consejos Escolares de los centros docentes.

Artículo 11. Voto no presencial.

1.- Las madres, los padres y los representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la correspondiente Mesa electoral del centro por correo certificado o entregándolo a la persona titular de la Dirección del mismo antes de la realización del escrutinio. A tal efecto, la Junta electoral de cada centro informará oportunamente a los mismos para lo que les remitirá la papeleta de voto y las instrucciones correspondientes, que incluirán el número máximo de personas candidatas que pueden ser votadas.

2.- Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa electoral de madres, padres y representantes legales del alumnado, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la Dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega a dicha Mesa electoral. El sobre contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.

3.- En el caso de que el sobre al que se refiere el párrafo anterior sea entregado a la persona titular de la Dirección del centro, ésta expedirá un documento con un recibí como justificante de la entrega y, elaborará una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas votantes que será entregada a la Mesa electoral, junto con todos los sobres antes del escrutinio.

4.- La mesa electoral comprobará que las personas votantes que utilicen la modalidad de voto no presencial, están incluidos en el censo electoral. Los votos recibidos una vez finalizado el escrutinio no serán tenidos en cuenta.




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